50 transferencias: Guía para entender la fiscalización
La Ley de Cumplimiento Tributario es una realidad. Aprobada a finales de septiembre y generando un gran interés por su disposición, esta norma obliga a las instituciones bancarias a reportar al fisco ciertos casos. Los involucrados en cuestión son: Por una parte, si una persona reciba más de 50 transferencias de diferentes personas en un solo mes. Por otro lado, deben ser informados los contribuyentes que reciben un total de 100 abonos en seis meses.
En concreto, esta medida busca castigar a las actividades comerciales informales. A su vez, a fiscalizar a aquellas que evaden su obligación de tributar. En resumen, el fin de ello es poner freno al comercio no regulado.
¿50 transferencias (o 100) en los periodos establecidos? ¡Ojo aquí!
Según el Servicio de Impuestos Internos, la medida apunta específicamente a quienes reciben transacciones comerciales sin emitir facturas o boletas. Este escenario se da, principalmente, en ventas por internet o redes sociales.
Esta fiscalización es parte de un esfuerzo para combatir la informalidad económica. Esta ilegalidad representa un desafío significativo para el país. Impacta los ingresos tributarios y fomenta la competencia desleal con los negocios formales que sí cumplen con sus obligaciones fiscales.
Para quienes operan en el comercio informal, este es un llamado a regularizar sus actividades a fin de evitar sanciones.
Los excluidos de la fiscalización
Es importantísimo aclarar que la medida no tiene un impacto sobre las transferencias electrónicas para fines no comerciales. Se busca identificar operaciones sospechosas que puedan estar vinculadas con actividades comerciales que no han sido declaradas ante la autoridad fiscal. En este caso, el Servicio de Impuestos Internos.
Revisa en detalle a los abonos exentos de preocupaciones: Fondos del curso. Tesorerías en entornos académicos. Sorteos con fines benéficos. Rifas solidarias, por ejemplo.Cobro de aportes para eventos familiares o sociales.Reunión de dinero entre vecinos para cubrir gastos comunes.Pagos electrónicos habituales, como los servicios del hogar o compras online. |
Por tanto, los movimientos financieros cotidianos entre personas no serán objeto de fiscalización, ¡siempre que no estén relacionados con actividades comerciales irregulares!
La Ley de Cumplimiento Tributario representa un avance significativo en la lucha contra la evasión fiscal, la informalidad económica y el crimen organizado, proporcionando a las autoridades fiscales nuevas herramientas para asegurar que todos los actores económicos cumplan con sus obligaciones tributarias.
La iniciativa de fiscalización
Este anuncio fue realizado por la Subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia. El objetivo, detectar actividades comerciales que no están formalizadas y mejorar el control sobre el cumplimiento tributario en el país.
Durante la jornada del 22 de octubre, Saravia detalló que las instituciones financieras deberán reportar esta información de manera semestral. Ello, comenzando en los meses de julio y enero.
En este sentido, el primer reporte, previsto para enero de 2025, abarcará las transferencias realizadas durante el segundo semestre de 2024. El SII usará esta información para analizar y detectar posibles casos de incumplimiento tributario. El principal enfoque: las actividades comerciales no formalizadas.
En este sentido, la subdirectora fue clara. La finalidad es descubrir a aquellos contribuyentes que operan en la informalidad y no cumplen con sus obligaciones fiscales: «Busca identificar a quienes están operando sin pagar los impuestos correspondientes».
Además, aclaró que el proceso de fiscalización no se basará únicamente en los datos proporcionados por las entidades bancarias. A ello, se le sumará otros factores que puedan indicar riesgos de evasión tributaria.
Puntos a considerar
Es importante señalar que esta normativa no afectará a cierto grupo de personas. Si recibes un gran número de transferencias, pero no estás realizando actividades comerciales, ¡despreocúpate! El foco estará únicamente en quienes generen ingresos sin ajustarse a las normativas vigentes.
Por ejemplo, no serán objeto de la fiscalización los casos como:
- El manejo de fondos de tesorería en organizaciones sociales.
- Rifas solidarias.
- Recolección de cuotas familiares.
Saravia subrayó que «la intención de esta norma es fiscalizar la informalidad, no las transacciones entre personas en contextos no comerciales».
Antes de proceder con una fiscalización, el SII analizará todos los antecedentes disponibles para evaluar si existe un riesgo real de incumplimiento tributario. Finalmente, la encargada recordó que quienes desarrollen actividades comerciales deben formalizarse, emitir boletas y cumplir con sus obligaciones fiscales. Toda la información necesaria para hacerlo está disponible en el portal del SII.
Para más detalles, visita el sitio web del Servicio de Impuestos Internos.
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